IMPRESOS (Para descarga y cumplimentación)
Estes formularios pueden ser cumplimentados directamente en pantalla, e imprimirse.
El Padrón Municipal de Habitantes es el registro administrativo donde constan los vecinos del Ayuntamiento.
Toda persona que resida habitualmente en Vilaboa tiene la obligación de inscribirse en el Padrón.
En el caso de que proceda de otro municipio, el solicitante deberá indicar el ayuntamiento o país de procedencia.
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>> Que podemos solicitar:
1.- Altas:
– Inmigración: personas ya empadronadas en otro Municipio o Consulado de España en el extranjero. – Omisión: personas no empadronadas anteriormente en ningún Municipio o Consulado de España en el extranjero. – Altas por nacimiento. – De oficio: mediante notificación del Instituto Nacional de Estadística siempre que alguno de los padres esté empadronado en el Municipio. – A instancia del interesado: el padre o la madre empadronados en el Municipio realizarán la inscripción del recién nacido aportando una fotocopia de la hoja del libro de familia donde aparezca el/la niño/a y de la hoja donde aparezca el nombre de los padres.
2.- Cambios de Domicilio:
– Todas las personas que cambien su domicilio dentro del Municipio deberán comunicarlo al Negociado de Estadística del Ayuntamiento de Vilaboa.
3.- Modificación de Datos:
– Cuando en la base de datos del Padrón de Habitantes figure un dato incorrecto (nombre y apellidos, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, nº documento de identidad, nivel de estudios, nacionalidad) deberá realizar una petición de modificación en el Negociado de Estadística del Ayuntamiento de Vilaboa.
4.- Bajas Emigración:
CUANDO UNA PERSONA TRASLADA SU DOMICILIO A OTRO MUNICIPIO EN ESPAÑA O AL EXTRANJERO (REALIZANDO LA INSCRIPCIÓN EN EL CONSULADO ESPAÑOL QUE LE CORRESPONDA) NO DEBE SOLICITAR LA BAJA EN SU AYUNTAMIENTO DE ORIGEN. EL TRÁMITE DE LAS BAJAS POR EMIGRACIÓN SE REALIZA ENTRE AYUNTAMIENTOS O ENTRE AYUNTAMIENTOS Y EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA. SI UNA PERSONA NO ES ESPAÑOLA Y TRASLADA SU RESIDENCIA DE FORMA DEFINITIVA A OTRO PAÍS, ESA PERSONA DEBE HACER UNA DECLARACIÓN Y ENTREGARLA EN EL NEGOCIADO DE ESTADÍSTICA PARA QUE CAUSE BAJA EN EL PADRÓN DE HABITANTES.